Un  beneficio es el cobro del Seguro Vida Ley, al que se tiene acceso desde el primer día de trabajo. Según la especialista, los beneficiarios de este seguro deben indicarse en una declaración jurada, pero a veces el trabajador no lo presenta y la empresa debe informar a la aseguradora de este hecho para que los herederos legales acudan con la sucesión intestada.

“Este Seguro Vida Ley requiere que los beneficiarios hagan una declaración jurada, indicando qué beneficiaros tienen, va hasta por 16 remuneraciones y lo paga la aseguradora”, detalló.

En el caso de las pensiones, indicó que solo los viudos e hijos acceden a pensiones de orfandad y viudez en la AFP o en la ONP. Si el trabajador no tuvo esposo o hijos, los padres o hermanos, en las AFP pueden recuperar esos fondos con el testamento o la sucesión intestada.

“Lo que sí ha cambiado son los gastos de sepelio. En el caso de EsSalud, se reembolsan los gastos de sepelio hasta en S/ 2,070, pero como ya no hay sepelios, según una directiva sanitaria de Digesa, los gastos de cremación los asume la administración de aseguramiento”, comentó.

Además, quienes fallecen por COVID-19 son cremados, así que los deudos pueden solicitar que esta cremación sea asumida por el fondo de aseguramiento, público o privado, al que pertenece la persona fallecida, donde le harán un reembolso. Estos beneficios aplican a cualquier trabajador en planilla, al margen del tipo de contrato que tenga.